Fue condenado por un delito de Desacato Agravado a la pena de seis meses de prisión, que se sustituyen por régimen de libertad a prueba sujeto a varias obligaciones.
Policías de Zona II el 5 de Noviembre en horas de la tarde en circunstancias en las que se encontraban apostados en calles Quijote y San Martín de Santa Mónica por custodia a una víctima de violencia doméstica, cursaron información de la presencia del ofensor en el radio de exclusión.
Un equipo de la Guardia Republicana concurrió al lugar y detuvo al mismo, siendo derivado a la CEVDYG CP, donde ingresó en calidad de detenido.
La Fiscalía Letrada de Libertad dispuso:indagatorias y posterior conducción a la Sede. Finalizada la audiencia en la Fiscalía y Juzgado Letrado de Libertad de 3er. Turno, por Sentencia N.o 169/2023 se condenó a
C.I.Z.T “como autor penalmente responsable de un delito de Desacato Agravado a la pena de seis meses de prisión, que se sustituyen por régimen de libertad a prueba sujeto a las varias obligaciones”.