Según se informó en el parte policial: «En el marco de la investigación realizada por el personal del Área de Investigaciones de Zona II y Departamento de Análisis Criminal bajo la órbita de la Fiscalía Letrada de Libertad, referente a delitos de rapiña cometidos en perjuicio decomerciantes y personas de la Ciudad de Libertad y Ciudad del Plata, donde el 19 de junio y 19 de julio de 2024 dos sujetos tras amenazar con arma de fuego a los referentes de un comercio sito en ruta 1 trazado antiguo y calle Agraciada de la ciudad de Libertad, se llevaron dinero y otros efectos y el 15 de junio en ruta 1 trazado antiguo y calle F. Canaro de Ciudad del Plata, un hombre que aguardaba en un vehículo para concretar un negocio fue amenazado por un sujeto quien tras llevarle el dinero, le disparó en la pierna, fugando con otro que aguardaba en el lugar, siendo asistido y derivado a un nosocomio capitalino.
El día 30 de julio se desplegó un amplio Operativo con varios equipos de personal de las Área de Investigaciones de Zonas I y II, la BDA y la Guardia Republicana, en el barrio Casabo de la Ciudad de Montevideo, barrio Autódromo de Ciudad del Plata y una vivienda ubicada en la ciudad de Libertad donde se realizaron allanamientos en los que fueron detenidos tres de los presuntos autores de las rapiñas, se incautaron siete cartuchos de escopeta calibre 12 y veinticinco cartuchos de escopeta calibre 12 en un cinturón porta cartuchos, un celular REDMI 13C,un tanque de combustible de moto marca Yumbo color rojo y varios efectos útiles para la investigación.
El restante involucrado ya se encontraba detenido a disposición fiscal. Se dispuso que los tres detenidos mantengan situación, designen defensa y todos sean conducidos a la sede en horas de la tarde del 30 de julio.
Cumplidas las instancias respectivas en sede Fiscal y del juzgado Letrado de Libertad de 1er. Turno, por Sentencia Nº 96/2024 se dispuso: la condena de Nicolás Romero Romero de 19 años, poseedor de antecedentes penales, como autor penalmente responsable de tres delitos de rapiña especialmente agravados en régimen de reiteración real entre sí y uno de ellos en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de lesiones personales, a la pena de seis años y seis meses de penitenciaria de cumplimiento efectivo.
M.E.G.M. de 18 años, sin antecedentes, como autor penalmente responsable de dos delitos de rapiña especialmente agravado y coautor penalmente responsable de un delito de rapiña especialmente agravado, todos ellos en régimen de reiteración real entre sí, a la pena de seis años y cuatro meses de penitenciaria de cumplimiento efectivo
Bruno Ezequiel Nuñez Dávila,de 20 años,con antecedentes penales como autor penalmente responsable de un delito de rapiña especialmente agravado, a la pena de cinco años y cuatro meses de penitenciaria de cumplimiento efectivo.
Miguel Adrián Ocampos Cuña, de 25 años,poseedor de antecedentes penales, como autor penalmente responsable de un delito de trafico interno de armas de fuego y municiones, a la pena de seis meses de prisión de cumplimiento efectivo.
Refiere a Comunicados de Prensa 168/24 del 20 de Julio, 143/24del 20 de Junio y 141/24 del 17 de junio.»