J. A. T. G de 73 años deberá cumplir 12 meses de prisión domiciliaria.

En el mes de Junio de 2015 en la CEVDYG CP se trabajó en una denuncia de abuso a una menor de edad en el núcleo familiar. Se realizaron las diligencias dispuestas por el Juzgado de Familia y se dispuso prohibición de acercamiento y todo tipo de contacto del abuelo hacia su nieta.
En el día de ayer 1ro de Diciembre se celebró audiencia en el Juzgado Letrado de 3er Turno y finalizada la misma se condenó a J.A.T.G de 73 años, “Como autor penalmente responsable de Reiterados Delitos de Atentado Violento al Pudor en calidad de Autor, a la pena de veinticuatro meses de prisión que se sustituirán por un régimen de libertad vigilada a cumplirse de la siguiente forma:

A) doce meses de prisión domiciliaria total, autorizándose únicamente a salir de su domicilio el primer día hábil de cada mes, para el cobro de su jubilación y realización de trámites médicos de su señora y propios. (dejándose constancia en el oficio a librar).

B)- Doce meses con las siguientes condiciones: a- seis meses de prisión domiciliaria nocturna, esto es de 22:00 a 06:00 b- resto de los seis meses: fijación de domicilio, cierre de fronteras, presentación en la Seccional de su domicilio una vez por semana por el plazo de noventa días, prohibición de comunicación y contacto con la menor, por toda la condena.
