Seis años de cárcel para un incalificable sujeto de Delta del Tigre por pornografía infantil y abuso sexual

Se trata de Nataniel Leonardo Milán Puppo de 38 años, poseedor de antecedentes penales quien cumplirá seis años de cárcel.

El día 13 de Marzo de 2023 en el Juzgado Letrado de Libertad de 1er. Turno: Se dictó auto de Formalización Nº 263/2023 donde se dispuso: la Formalización de la investigación contra N.L.M.P de 37 años, “Por la presunta Comisión de Reiterados Delitos de Abuso Sexual Especialmente Agravado, Agravados; y Reiterados Delitos de  Retribución o Promesa de Retribución a Personas Menores de edad o Incapaces para que Ejecuten Actos Sexuales o Eróticos de cualquier tipo……”
Se dispuso como medida cautelar; La prisión preventiva del imputado por el lapso de ciento ochenta días.

Esta formalización refiere a la investigación realizada por Policías del Área de Investigaciones de Zona II, La Brigada Departamental Antidrogas y el Departamento de Análisis Criminal de la Jefatura de San José,  con la Fiscalía Letrada de Libertad de 2do Turno, partir de un evento de “Homicidio a Transeúnte” cometido en el mes de Octubre de 2020 en Delta El Tigre.

Prosiguiendo se realizaron allanamientos en la vivienda de uno de los involucrados donde se incautaron varias tarjetas de memoria, pendrives, discos duros, torres de computadora, notebook, teléfonos celulares, adaptadores con memoria micro SD, varios Pendrive,  Micro SD uno de 2GB y otro de 8GB,  una camioneta marca DFSK de color blanco.

El implicado fue condenado y se prosiguió una exhaustiva tarea de análisis de esos equipos, lo que derivó en la Formalización del indagado.

El pasado 22 de Agosto se realizó audiencia en el Juzgado Letrado de Libertad, donde se condenó a Nataniel Leonardo Milán Puppo de 38 años, poseedor de antecedentes penales “como autor penalmente responsable de Reiterados Delitos de Abuso Sexual Especialmente Agravado, Agravados; Reiterados Delitos de Retribución o Promesa de Retribución a Personas Menores de Edad o Incapaces para que ejecuten Actos Sexuales o Eróticos de Cualquier Tipo; Reiterados Delitos de Utilización de Tecnologías para Contactar a una Persona Menor de Edad con el Propósito de Cometer Cualquier Delito Contra su Integridad Sexual y un Delito de Comercio, Almacenamiento y Difusión de Material Pornográfico en que aparezca la Imagen u otra Forma de Representación de Personas Menores de Edad o Personas Incapaces, Todos ellos en Régimen de Reiteración Real entre sí, de acuerdo a lo indicado por los Artículos 1 a 3, 18, 46 Num 13. 47 Num 2 y 5, 48.1 y 2, 54, 55, 57. 60 Num 1, 67, 272 TER, 277 BIS, 279 Lit C) e I) del Código Penal, Arts, 2 y 4 de la Ley 17.815 y Arts. 272 y 273 del Código del Proceso Penal, a la pena de seis años y seis meses de Penitenciaría” Refiere a Comunicado de Prensa 060/2023 del 14 de Marzo.

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