Un adolescente de 17 años condenado por asesinato en Delta El Tigre

La Fiscalía Letrada de 2do.Turno de Libertad con la Dirección de Investigaciones cumplió con las diligencias que venían llevando a cabo, resultando en el día de ayer y luego de celebrada la audiencia en el Juzgado Letrado de Libertad de 1er. Turno.

Se determinó formalizar al adolescente S. A. A. G., de 17 años, COMO AUTOR DE LA PRESUNTA COMISIÓN DE UNA INFRACCIÓN GRAVE A LA LEY PENAL TIPIFICADA COMO UN DELITO DE HOMICIDIO.

P U B L I C I D A D

se formalizo al adolescente S. A. A. G, de 17 años, como autor de la presunta comisión de una infracción grave a la ley penal tipificada como un delito de homicidio. Asimismo se dicto sentencia nro.06/2021 por la cual se dispuso 1) responsabilizase al adolescente S.A.A.G como autor de una infracción grave a la ley penal, por cuanto la conducta que desarrollo se ajusta a la ley tipificada en el articulo 310 del código penal ( delito de homicidio). Impónesele como medida socio educativa privativa de libertad su internación en dependencias de inisa por el termino de 3 años y 5 meses con descuento del tiempo que duro la medida cautelar impuesta. No obstante esta podrá de ser modificada por informes posteriores (art. 94 del citado cuerpo normativo).

P U B L I C I D A D

”asimismo se dicto sentencia nro.7/2021 por la cual se dispuso 1) responsabilizase al adolescente f. A. G. A. De 16 años, como autor penalmente responsable de una infracción grave a la ley penal tipificada como un delito de encubrimiento en régimen de reiteración real con un delito de de omisión de asistencia conforme a lo dispuesto en los arts. 60, 197, 329 y 332 del c.P y a los arts. 72 y 76 del cna, a la pena de 8 meses de prisión los que podrán cumplirse en régimen de libertad a prueba, asumiendo como obligaciones las indicadas en los numerales 1 a 4 de dicha norma esto es residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión de la osla, sujeción a la orientación y vigilancia permanente de dicha oficina, presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio, prestación de servicios comunitarios durante dos horas semanales por el plazo de dos meses”.

Fuente : Jefatura de Policía de San José.

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