Se extiende por 30 días el límite del derecho a reunión: afectará a la marcha del 8M

Desde este viernes y por 30 días se extiende la limitación del derecho de reunión para evitar el aumento de casos de covid-19 en el país, pese a que en las últimas semanas el aumento de contagios se ha moderado.

En la web de Presidencia puede verse el decreto firmado por el presidente, Luis Lacalle Pou, y los ministros que permite ampliar el plazo de vigencia de la ley (60 días) aprobada en el Parlamento el pasado 19 de diciembre y promulgada dos días después.

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«Prorrógase desde el 19 de febrero de 2021 y por el plazo de treinta días la limitación legal, por razones de salud pública, del derecho de reunión consagrado por el artículo 38 de la Constitución de la República y la suspensión de las aglomeraciones a los efectos de tutelar la salud colectiva, establecida por el artículo 1o de la Ley N° 19.932, de 21 de diciembre de 2020», reza el texto.

La normativa aprobada en el Parlamento, que ya establecía la posible prórroga de un mes y por ello no precisa un nuevo trámite legislativo, limita el derecho de reunión, reflejado en el artículo 38 de la Constitución cuando haya «aglomeraciones de personas que generen un notorio riesgo sanitario».

La nueva disposición del Ejecutivo estableció en sus consideraciones que «si bien no se han alcanzado las cifras proyectadas por los científicos expertos y que motivaron la adopción de las referidas medidas restrictivas, se verifica que aún no se ha logrado disminuir ni mantener el índice de positividad» en el país.

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El ministro del Interior, Jorge Larrañaga, se expresó en las últimas jornadas en defensa de esta prórroga, indicando que la labor de la policía en la disolución de aglomeraciones y concentraciones nocturnas, especialmente en lugares de recreo vacacional, había contribuido al control de la pandemia.

No obstante, en el horizonte inmediato se encuentra el 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, en el que se espera la convocatoria de la tradicional marcha, que suele ser masiva.

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El Ejecutivo definió en diciembre las aglomeraciones como «la concentración, permanencia o circulación de personas en espacios públicos o privados de uso público en las que no se respeten las medidas de distanciamiento social sanitario, ni se utilicen los elementos de protección personal adecuados», pero no acotaba el número de personas considerado como tales.

Fuente : Montevideo Portal.