Luego de un intenso trabajo los Policías actuantes de P.A.D.O. y del Área de Investigaciones de la Zona II en una persecución por las calles aledañas al bar mencionado dónde los indagados colocaron obstáculos para dificultar la circulación de los móviles policiales y después de varias horas logran detener a los masculinos que cometieron los ilícitos en el comercio y hacia los funcionarios actuantes.
Finalizada la audiencia, el Juzgado Letrado de Libertad de Primer Turno, dictó sentencia por la cual condenó:
Al adolescente E.A.S.M. de 17 años, “como autor responsable de una Infracción grave a la ley penal por cuanto la conducta que desarrolló se ajusta a la tipificada en el Art. 173 del Código Penal como Agravio a la autoridad Policial y se le impuso como medida socio educativa privativa de libertad su internación en dependencias de INISA por el término de dos meses. No obstante ésta podrá ser modificada por informes posteriores. (Art. 94 del citado cuerpo normativo)”.
P.J.S.M. de 18 años, “bajo la imputación de un Delito de Agravio a la autoridad Policial agravado a la pena de 12 meses de prisión sustituídos por un régimen de libertad a prueba con ciertas obligaciones”.
-Claudio Marcelo SILVERA BARRERA de 28 años, poseedor de antecedentes judiciales “como autor penalmente responsable de un Delito de Agravio a la autoridad Policial Agravado a 12 meses de prisión, de cumplimiento efectivo”.